Humedales y Espacios Marino Costeros

Humedales y Espacios Marino Costeros
Humedales y Espacios Marino Costeros.pdf
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29 Septiembre 2017
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El presente Manual (Manejo de las zonas costeras)


En principio, prácticamente todo el programa de la Convención de Ramsar es tan aplicable a las
zonas costeras como lo es a las zonas continentales, por lo que no se espera forzosamente que en
el Plan Estratégico 2009-2015 de Ramsar se mencionen separadamente las cuestiones costeras. Con
todo, pueden resultar convenientes las siguientes referencias:
Entre las áreas de resultados clave que se deben lograr (para 2015) con arreglo a la Estrategia 1.3
sobre política, legislación e instituciones, cabe destacar el área de resultados clave 1.3.i: “Todas
las Partes habrán instaurado plenamente una Política Nacional de Humedales o instrumentos
equivalentes y los habrán integrado en otros procesos estratégicos y de planificación, entre ellos . . .
los planes de manejo de los recursos costeros y marinos . . .”.
La Estrategia 2.1 sobre “designación de sitios Ramsar “ comprende el área de resultados 2.1.iv,
en la que se establece que “las Partes Contratantes habrán considerado la posibilidad de designar
sitios Ramsar de entre los tipos de humedales insuficientemente representados en la Lista de
Ramsar”. En otras referencias (por ej., Resoluciones VII.21, VIII.11) las Partes han reconocido en
particular que los humedales intermareales, manglares, arrecifes de coral y lechos de zosteras y
algas marinas son tipos de humedal que están infrarrepresentados en este sentido.
La Estrategia 3.1 sobre “Asociaciones de colaboración y sinergias con acuerdos multilaterales
sobre el medio ambiente internacionales y regionales y otros organismos intergubernamentales”
comprende el área de resultados clave 3.1.i, en la que se establece que “se habrán aplicado los
planes de trabajo conjuntos CDB-Ramsar . . . y continuará la participación en el Grupo de Enlace
sobre la Diversidad Biológica del CDB”. Una dimensión particular de dicho plan de trabajo
conjunto se refiere a la colaboración con el CDB (Convenio sobre la Diversidad Biológica) en
relación con el último programa de trabajo sobre biodiversidad marina y costera.
Por último, la Estrategia 3.5 sobre “especies migratorias, cuencas hidrográficas y humedales
compartidos” comprende el área de resultados clave 3.5.ii, en la que se establece que “cuando
proceda, las Partes que tengan cuencas y sistemas costeros compartidos considerarán la posibilidad
de formar parte de comisiones o autoridades conjuntas de manejo”.
Además de las orientaciones adoptadas por las Partes como anexos a Resoluciones de la COP, se
exponen los compromisos de aplicación pertinentes suscritos por las Partes Contratantes en la
Resolución pertinente de la COP7.
El texto del presente Manual se ha elaborado principalmente a partir de la Resolución VIII.4
y su Anexo, y esencialmente refleja las decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes
Contratantes. El Manual también recoge información adicional referente al tema tratado. Las
opiniones expresadas en esa información adicional no reflejan forzosamente las de la Secretaría de
Ramsar ni las de las Partes Contratantes, y esos materiales no han sido suscritos por la Conferencia
de las Partes.

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