Fortalecer la bioseguridad y distribuir los beneficios de la biotecnología

Establecer, fortalecer la capacidad y aplicar en todos los países las medidas de bioseguridad establecidas en el artículo 8(g) del Convenio sobre la Diversidad Biológica, así como las medidas para el manejo de la biotecnología y la distribución de sus beneficios establecidas en el artículo 19 del Convenio.

Nota de la Secretaría:  Este material de orientación ofrece una visión general de la meta mediante una breve introducción de términos clave, destacando algunas de las implicaciones para el establecimiento de metas nacionales y proporcionando puntos clave y preguntas orientadoras para su consideración como parte de los ejercicios de establecimiento de metas nacionales. También identifica los indicadores adoptados para monitorear el progreso y los recursos que podrían ayudar con el establecimiento y la implementación de metas nacionales. Este material debe considerarse un trabajo en progreso y se actualizará periódicamente con los aportes de las Partes y las organizaciones asociadas a la luz de las experiencias con su uso. Esta información tiene por objeto servir como un recurso que las Partes y otros podrían desear considerar a medida que implementan el Marco Mundial de Diversidad Biológica. No reemplaza ni califica  las decisiones 15/4  o  15/5 . 

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