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Asociaciones de Colaboración

Asociaciones de Colaboración
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29 Septiembre 2017
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Asociaciones de colaboración clave para la aplicación de la
Convención de Ramsar


Nota: los párrafos del texto explicativo en las siguientes secciones 1 a 4 han sido preparados por la
Secretaría y no comprenden textos adoptados por la Conferencia de las partes (COP).


1. Acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y otras
instituciones


1. En el Objetivo 7.2 del Plan Estratégico 1997-2002 se especificó un espectro
de acciones para fortalecer y formalizar vínculos con otras convenciones
internacionales y/o regionales sobre el medio ambiente, y desde entonces
no ha dejado de crecer la variedad de arreglos y actividades de colaboración
con las convenciones y otras instituciones que desempeñan su labor en
ámbitos que atañen a la conservación y el uso racional de los humedales.
Tales arreglos han dado lugar no solo a contactos, sino también a una mejor
coherencia y compatibilidad entre los diferentes regímenes. A raíz de ello
se han logrado sinergias eficaces a nivel mundial, regional, nacional y
local, especialmente cuando los objetivos son similares, y las capacidades y
oportunidades, complementarias.
2. En las Resoluciones VII.4 (COP7, 1999), VIII.5 (COP8, 2002), IX.5 (COP9,
2005) y X.11 (COP10, 2008) se han definido progresivamente las actitudes
positivas de Ramsar sobre estas cuestiones. (Véase la sección sobre las
“Resoluciones pertinentes” al final del presente Manual para consultar el
texto de la Resolución X.11.) En muchos casos los arreglos de asociación
se conciertan en el marco de un memorando de cooperación o de
entendimiento, y también a veces mediante un plan de trabajo conjunto
(véase la sección 3 más adelante).
3. En el caso del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), por ejemplo,
ya se han establecido cuatro Planes de Trabajo Conjunto sucesivos, el
último de los cuales abarca el período 2007-2010. En la Decisión III/21 de
la COP del CDB de 1996 se estableció que Ramsar era su “principal socio
en la aplicación” en las cuestiones relativas a los humedales (función que
es aplicable a todos los programas de trabajo, cuestiones transversales y
otras actividades del CDB relacionadas con los humedales). En su Decisión
VIII/15, la COP del CDB invitó a Ramsar a contribuir a la aplicación de las
metas adoptadas para los programas de trabajo sobre diversidad biológica
marina y costera y diversidad biológica de las aguas continentales, a
supervisar el progreso hacia ellas y a elaborar las metas más a fondo. En
la Decisión VIII/20 se invitó a Ramsar a explorar los medios de mejorar los
mecanismos para evaluar los ecosistemas de aguas continentales, incluidos
los impulsores del cambio, y a dirigir la elaboración de un marco de
presentación armonizada de informes sobre la diversidad biológica de las
aguas continentales destinado a ambas convenciones.

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